Nueva normativa DGT para motos 2026: qué ha cambiado desde octubre

Qué ha cambiado para las motos desde el 1 de octubre de 2026

La nueva normativa afecta a motocicletas y ciclomotores, tanto a conductores como a pasajeros.

Estas son las principales novedades:

Elemento Qué establece la normativa
Calzado Debe ser cerrado y cubrir todo el pie, en cualquier tipo de vía.
Guantes Son obligatorios en vías interurbanas.
Pasajero Debe cumplir las mismas obligaciones de calzado y guantes.
Arcén Las motos pueden utilizarlo excepcionalmente en tramos habilitados y señalizados cuando el tráfico esté detenido por congestión.
Velocidad por el arcén Máximo de 30 km/h, circulando en fila de uno y con precaución.
Chaleco reflectante La motocicleta debe llevar uno entre su dotación obligatoria.
Casco Debe estar homologado conforme al Reglamento UNECE R22 y correctamente abrochado.
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¿Se puede conducir una moto con chanclas en 2026?

No. La normativa exige que tanto el conductor como el pasajero lleven calzado cerrado que cubra completamente el pie.

Esta obligación se aplica en todo tipo de vías, tanto urbanas como interurbanas.

Para quienes viven en Málaga o Marbella, quizá sea un detalle al que no prestaban demasiada atención. Pero para quienes vienen de vacaciones y alquilan una scooter para ir de la playa al apartamento, puede cambiar sus planes.

Con buen tiempo es habitual salir con sandalias o chanclas y pensar que, como el trayecto es corto, no pasa nada.

Sin embargo, desde el 1 de octubre, el calzado debe cubrir todo el pie, independientemente de la distancia que vayas a recorrer.

¿Tengo que llevar botas de moto?

No necesariamente.

La normativa exige calzado cerrado que cubra todo el pie, pero no establece que todos los usuarios particulares deban llevar botas técnicas específicas de motocicleta.

Eso sí, cumplir el requisito legal no significa tener la máxima protección posible.

Unas zapatillas cerradas y unas botas diseñadas para conducir una moto no ofrecen necesariamente el mismo nivel de protección frente a una caída, un golpe o una abrasión.

Si vas a desplazarte unos kilómetros por ciudad con una scooter, puedes optar por calzado cerrado que cumpla la normativa. Si vas a pasar varias horas en carretera o hacer una ruta por montaña, es recomendable utilizar botas específicas de moto.

Los guantes son obligatorios en carretera

Esta es otra de las novedades que conviene tener claras.

La clave está en distinguir entre vías urbanas e interurbanas.

Si te mueves únicamente por ciudad, esta obligación específica no se aplica de la misma manera. En cuanto circulas por una vía interurbana, los guantes pasan a ser obligatorios.

Y en la Costa del Sol es fácil pasar de un entorno a otro.

Puedes recoger una scooter en Marbella para moverte por la zona y terminar haciendo una excursión a otra localidad. O alquilar una moto en Fuengirola y decidir sobre la marcha acercarte a algún pueblo del interior.

¿Qué guantes tengo que llevar?

La normativa exige guantes de protección y contempla la posibilidad de que el Ministerio del Interior establezca especificaciones técnicas concretas mediante una orden posterior.

Mientras no entre en vigor esa regulación específica, el propio Real Decreto prevé que se utilicen guantes de protección de las características que se vienen utilizando actualmente.

Nuestra recomendación es sencilla: utiliza guantes diseñados para la conducción de motocicletas, adecuados al tipo de uso que vayas a darles.

Si llevas pasajero, la norma también le afecta

Imagina que has preparado tu casco, tus guantes y tu calzado cerrado. Todo listo para salir.

Tu acompañante, sin embargo, baja del hotel con sandalias y sin guantes.

Hay un problema: el pasajero también debe cumplir las obligaciones de equipamiento.

Esto significa que necesita llevar calzado cerrado que cubra todo el pie y utilizar guantes de protección cuando circuléis por vías interurbanas.

No basta con que vaya correctamente equipado quien conduce.

¿Se puede circular por el arcén si hay atasco?

Sí, pero con condiciones muy concretas.

La nueva regulación permite habilitar determinados arcenes derechos para que las motocicletas puedan utilizarlos excepcionalmente cuando los carriles de circulación estén detenidos por congestión del tráfico.

El tramo debe estar previamente habilitado y señalizado mediante señalización vertical y marcas viales.

Cuando esté permitido, hay que cumplir estas condiciones:

  1. Circular a una velocidad máxima de 30 km/h.

  2. Circular en fila de uno.

  3. Extremar la precaución.

  4. No poner en riesgo a los vehículos que estén obligados a utilizar el arcén.

  5. Abandonar el arcén si es necesario para evitar una situación de riesgo.

En verano, con el tráfico que se acumula en algunos puntos de la Costa del Sol, puede resultar tentador. Pero una retención, por sí sola, no convierte el arcén en un carril adicional para motos.

El chaleco reflectante pasa a formar parte de la moto

La reforma introduce otra obligación que quizá no notes durante tus desplazamientos habituales.

Eso no significa que un motorista particular tenga que conducir permanentemente con él puesto.

La obligación de utilizarlo aparece cuando sales de la moto y ocupas la calzada o el arcén de una vía interurbana.

Uso profesional

Hay una diferencia importante para quienes utilizan la moto profesionalmente: los conductores que desarrollan su actividad profesional circulando en motocicleta deben utilizar el chaleco reflectante en todo tipo de vías.

¿Qué cambia con el casco?

El casco sigue siendo obligatorio para conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores.

En el caso de los ciclomotores, la reforma introduce además un cambio específico: sus usuarios deberán utilizar cascos homologados, y no simplemente certificados, a partir del 1 de octubre de 2027.

Este cambio tiene un periodo transitorio de un año, por lo que conviene distinguirlo de las obligaciones aplicables a las motocicletas desde octubre de 2026.

¿La nueva normativa afecta también a las scooters?

Sí

Que una moto tenga formato scooter no cambia las obligaciones que le corresponden por su categoría.

Esto es especialmente importante en zonas turísticas, donde muchas personas asocian las scooters con trayectos cortos, desplazamientos por ciudad y una conducción sencilla.

Pero la normativa sobre calzado se aplica independientemente de la distancia que recorras.

Y los guantes son obligatorios cuando circulas por vías interurbanas.

Voy a alquilar una moto en Málaga: ¿qué tengo que llevar?

Si vas a recoger una scooter o una moto de alquiler, puedes preparar tu salida siguiendo unas pautas sencillas:

  • Calzado cerrado

    Debe cubrir completamente el pie, incluso si solo vas a circular por ciudad.

  • Guantes de protección

    Son obligatorios si vas a circular por vías interurbanas.

  • Equipamiento del pasajero

    Si viajas acompañado, recuerda que también debe cumplir estas obligaciones.

  • Casco

    Debes utilizar uno homologado y llevarlo correctamente abrochado. Todos nuestros cascos cumplen con la homologación.

  • Chaleco reflectante

    La moto debe llevar uno entre su dotación obligatoria, y tendrás que utilizarlo cuando corresponda. Todas nuestras motos llevan chaleco reflectante.

Es mucho más cómodo resolver cualquier cuestión por teléfono o WhatsApp que descubrir que te falta algo cuando ya estás delante de la moto.

motos malaga

Un caso muy típico en la Costa del Sol

Imagina que estás alojado en Marbella y has alquilado una scooter de 125 cc para moverte durante cuatro días.

Tu idea inicial es utilizarla para ir a la playa, salir a cenar y olvidarte un poco del coche.

El primer día te mueves por ciudad.

El segundo, decides acercarte a otra localidad por carretera.

¿Qué cambia?

El calzado cerrado era obligatorio desde el primer momento.

Los guantes pasan a ser obligatorios cuando circulas por una vía interurbana.

Esta es una de las diferencias más útiles que debes recordar si vas a alquilar una moto durante tus vacaciones.

¿Y si alquilo una moto para hacer una ruta?

En ese caso, conviene preparar el recorrido y el equipamiento con algo más de atención.

Los guantes son obligatorios, pero también merece la pena pensar en la protección, la temperatura, la comodidad y el tipo de moto que vas a conducir.

  • Protección
  • Temperatura
  • Comodidad
  • Tipo de moto

En MotoMercado Rent trabajamos con perfiles muy distintos: desde personas que buscan una scooter para moverse durante sus vacaciones hasta clientes que alquilan motos de mayor cilindrada para recorrer Andalucía durante varios días.

El equipamiento y la moto elegida deben adaptarse al recorrido que tengas previsto.

¿Qué ocurre con las multas?

Las nuevas obligaciones no son simples recomendaciones. Su incumplimiento puede dar lugar a sanciones conforme a la normativa de tráfico.

Más allá de la sanción, hay una razón importante para tomarse estas medidas en serio.

Quien ha tenido una caída en moto sabe lo rápido que una mano, un pie o una rodilla pueden entrar en contacto con el asfalto.

Preguntas frecuentes sobre la nueva normativa para motos

¿Los guantes son obligatorios dentro de ciudad?

La obligación específica de utilizar guantes de protección se aplica cuando se circula por vías interurbanas.

¿Puedo llevar deportivas?

La normativa exige calzado cerrado que cubra todo el pie. Para saber si un calzado concreto cumple el requisito, hay que comprobar que cubra completamente el pie. Las botas específicas de moto ofrecen protección adicional.

¿Puedo conducir con sandalias?

No si dejan parte del pie descubierto. El calzado debe ser cerrado y cubrir todo el pie.

¿Mi pasajero puede ir con chanclas?

No. El pasajero también debe llevar calzado cerrado que cubra todo el pie.

¿Mi pasajero necesita guantes?

Sí, cuando circuléis por vías interurbanas.

¿Puedo circular por el arcén cuando haya atasco?

Solo cuando el tramo esté expresamente habilitado y señalizado y los carriles de circulación estén detenidos por congestión.

¿A qué velocidad se puede circular por esos arcenes?

El límite es de 30 km/h. Además, hay que circular en fila de uno y extremar la precaución.

¿Tengo que llevar siempre el chaleco puesto?

No, si eres un motorista particular. La motocicleta debe llevar un chaleco reflectante de alta visibilidad entre su dotación obligatoria. Debes utilizarlo cuando salgas de la moto y ocupes la calzada o el arcén de una vía interurbana.

Los conductores profesionales que circulan en motocicleta tienen una obligación de uso más amplia.

¿La normativa se aplica también a las scooters 125cc?

Sí. Las scooters están incluidas dentro de las obligaciones que correspondan a las motocicletas.

¿Cuánto es la multa por no llevar guantes o calzado cerrado?

Según la información oficial del Ministerio del Interior, el incumplimiento de estas obligaciones puede constituir una infracción grave sancionada con 200 €.

Una norma nueva, pero fácil de aplicar

Para la mayoría de los usuarios, recordar las novedades es bastante sencillo.

Si conduces una moto o scooter desde octubre de 2026, ten presentes estas tres ideas:

  1. Calzado cerrado que cubra todo el pie, en cualquier tipo de vía.

  2. Guantes de protección, cuando circules por vías interurbanas.

  3. Arcén únicamente habilitado y señalizado, cuando se cumplan las condiciones establecidas.

En MotoMercado Rent llevamos trabajando con motos desde 1979 y contamos con sedes en Marbella, Fuengirola y Torremolinos.

Si vas a alquilar una moto y tienes dudas sobre la normativa, el carnet que necesitas o el tipo de moto que mejor encaja con tu recorrido, consúltanos antes de venir.

Resolver cualquier duda antes de recoger la moto te permitirá disfrutar de tu ruta con mayor tranquilidad.

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